Hace un par de años, los escaparates de la cadena de tiendas de ropa Blanco anunciaban que se vendía «todo al 70%» y «todo al 50%». Averiguar los auténticos descuentos aplicados representaba a priori un auténtico desafío matemático. O más bien una tomadura de pelo, porque evidentemente la oferta era más falsa que un euro con la efigie de Franco (aunque nunca se sabe en estos tiempos que corren).
Parece que han quedado muy lejos los tiempos en que hasta El Corte Inglés dejó de utilizar un eslogan tanto en los medios de comunicación como en la cartelería de sus establecimientos por haber incurrido en publicidad engañosa. Lo hizo en 1997, después de que FACUA le advirtiese de que no podía utilizar el reclamo «los precios que más bajan» porque no estaba basado en datos contrastados; es decir, la empresa no había efectuado ningún tipo de estudio previo para conocer si realmente sus precios bajaban más que el del resto de comercios.
Publicidad engañosa
Desde hace ya unos cuantos años, parece que todo vale para intentar engañarnos en rebajas. Comenzaron las grandes superficies con esos anuncios que aseguraban que sus productos tenían descuentos del 50% e incluían delante un microscópico «hasta». «Ponemos un par de camisas y tres pantalones a mitad de precio y lo demás lo rebajamos lo que nos dé la gana», pensarían sus responsables de marketing, como si no existiese una ley para dejar claro en qué consiste la publicidad engañosa.
Pero lo cierto es que gracias a la pasividad de las autoridades, el timo funcionó tan bien que el pequeño y mediano comercio tuvo que imitarles para no quedarse atrás en la carrera por cazar clientes. Y para superarse, muchas empresas se vieron obligadas en las siguientes temporadas a anunciar descuentos del 60%, y después del 70%, generalmente con el «hasta» bien disimulado, aunque a algunos ya les da igual y ni se molestan en colocarlo. Ya puestos, podían ofertar rebajas del 100%, o incluso prometernos que serán ellos los que nos paguen a nosotros si nos llevamos los productos de los comercios.
En los últimos años, todas las temporadas de rebajas son «las mejores de la historia», según podemos leer y oir en los medios de comunicación en boca de los responsables de establecimientos y patronales empresariales. Y hay quien se lo cree.
Y lo peor no son las campañas publicitarias engañosas en prensa, radio, televisión y escaparates, sino el falseo de precios en las etiquetas. Hay firmas que modifican el importe que tenían originalmente los productos para hacernos creer que en rebajas tienen un enorme descuento. Hasta puede que el precio supuestamente rebajado sea en realidad el que había marcado siempre la etiqueta. 0% de descuento, 100% de fraude.
¿Y los controles?
¿Por qué ocurre todo esto? ¿No realizan controles las autoridades autonómicas o municipales competentes en materia de consumo, de comercio o de lo que sea para detectar fraudes en rebajas? Y si se hacen, ¿en qué consisten esas inspecciones y en que derivan cuando registran irregularidades?
Si un inspector de la administración da por bueno un anuncio que prometa descuentos de «hasta el 70%» por el simple hecho de que en los precios de algunos productos se alcance ese porcentaje está obviando que según la legislación en materia de publicidad y competencia desleal, es engañosa «cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios». Para que no hubiese irregularidad alguna, la oferta debería indicar algo así como «desde el 5 hasta el 70%». Aunque claro, decir la verdad no vende.
Así que o las autoridades que tienen que velar por el cumplimiento de la ley nunca se la han leído o todavía no han visto ninguno de esos reclamos publicitarios que, hoy por hoy, utilizan 11 de cada 10 comercios en rebajas.
En cuanto a las falsas rebajas, ¿cómo van a detectarlas las administraciones (in)competentes si no comienzan a realizar las inspecciones antes de que comiencen? Para pillar in fraganti a los defraudadores, qué menos que visitar los comercios en las semanas previas a la temporada de rebajas y hacer muestreos de productos para verificar después si los precios que ofertan son reales o inventados.
Cuando se detectan los fraudes, no estaría de más que las multas fuesen proporcionales a su gravedad y al dinero que han podido ganar con ellos. Porque es bastante dudoso que con un simple «no lo hagas más, que es ilegal» los comerciantes vayan a dejar de engañar a los consumidores. Y si hacen públicos los nombres de las empresas defraudadoras, los consumidores podríamos saber de cuáles debemos fiarnos menos al ir a comprar. Pero parece que hay más interés por proteger la identidad de los timadores que los derechos de los timados.
Para colmo de males, durante la crisis están creciendo los fraudes a los consumidores, y lamentablemente los recortes también están recayendo sobre la capacidad inspectora de las administraciones.
Multas de risa
En 2012, la Junta de Andalucía constató, a raíz de una denuncia de FACUA, que Blanco (la cadena de los descuentos simultáneos) había incurrido en fraude en las rebajas. Al menos, que lo había cometido en una de sus tiendas (porque se ve que no tuvieron la mente lo suficientemente despierta como para inspeccionar unas cuantas y verificar si era un timo generalizado). La administración confirmó que no se exhibía «junto al precio habitual, y sin superponerlo, su precio rebajado ni tampoco, en caso de tratarse de un conjunto de artículos, el porcentaje de reducción aplicable».
El delegado provincial de Comercio en Córdoba decidió graduar la cuantía de la sanción teniendo en cuenta que «el establecimiento pertenece a una cadena comercial de amplia implantación con capacidad y solvencia económica». La multa propuesta fue para echarse a llorar… de risa: 300 euros. Si llega a ser una pequeña tienda de barrio, igual hasta le pagan al dueño por haber cometido el fraude. Así que a los andaluces nos salió más caro pagar los salarios por las horas de trabajo de los inspectores que acudieron al comercio y tramitaron el expediente que la sanción que se acabó aplicando.
(Des)regulación total
Por si fuera poco rebajar los controles y las multas sobre los fraudes, al Gobierno de la Marca España se le ocurrió, a mediados de 2012, aplicar también descuentos en los requisitos establecidos en la legislación para anunciar rebajas. La regulación fijada en la ley de comercio acabó convertida en una parodia de lo que había sido desde 1996.
Con la nueva (des)regulación, pueden anunciarse rebajas que duren menos de 24 horas y en productos que ni siquiera hayan estado en la tienda el día anterior. Antes, los artículos objeto de rebajas tenían que llevar al menos un mes en la tienda en la oferta habitual de ventas, sin haber sido objeto de otra promoción en ese periodo. Pero ahora la ley sólo dice que «deberán haber estado incluidos con anterioridad en la oferta habitual de ventas». Es decir, el comercio puede colocarlos en las estanterías y, pasados unos minutos, indicar que tienen un nuevo precio rebajado. Es más, se permite a los establecimientos hasta adquirir los productos «con este exclusivo fin» de venderlos como rebajados. Eso sí, no podrán «ser de peor calidad que los mismos productos que vayan a ser objeto de futura oferta ordinaria a precio normal». No está muy claro si esta frase se incluyó en la ley con el objeto de que no la entendiera nadie o en plan cachondeo.
Por cierto, si alguna vez te has quejado de que el descuento en algún producto parece de cachondeo (seguro que has visto rebajas de 5 céntimos en más de una ocasión), el Gobierno decidió tomar cartas en un asunto para que no quedara ninguna duda de su… legalidad. En su nueva redacción, la ley advierte que «en ningún caso, la utilización de las actividades de promoción de ventas podrá condicionarse a la existencia de una reducción porcentual mínima o máxima». Así que cualquier establecimiento está en su derecho de aplicar un descuento de 1 céntimo a un artículo y colocar encima un cartel de 3 metros de alto por 30 de ancho con el reclamo «rebajas».