En las últimas semanas, las dos principales compañías de telecomunicaciones que operan en España han anunciado que suben sus tarifas. Vodafone lo hará a partir del 20 de abril, con el lanzamiento de nuevos planes tarifarios para móvil que serán entre 1 y 9 euros más caros que los actuales, pero con más datos como contrapartida. Por su parte, los usuarios de los paquetes Movistar Fusión sufrirán una subida de tarifas de 5 euros mensuales a lo largo de abril y mayo.
Movistar argumenta que está acometiendo inversiones que permitirán multiplicar la velocidad de acceso a internet de sus clientes, pero en las cartas que les ha enviado para informar del incremento de precios no plasma ningún compromiso al respecto. Así que en sus condiciones contractuales sólo cambiará la cantidad a abonar cada mes, que se verá aumentada en hasta un 12%.
La ley obliga a las compañías de telecomunicaciones a informar a los usuarios de cualquier cambio en sus condiciones contractuales con al menos un mes de antelación. Pero, ¿qué ocurre con los que tienen vigentes contratos de permanencia?
Ante una subida de tarifas, incluya o no una mejora en las condiciones de los servicios, los usuarios tienen la libertad de darse de baja sin abonar penalización alguna. Es lo que pueden hacer los clientes de Movistar Fusión. Sin embargo, los de Vodafone sí podrán optar por continuar con la oferta que tenían contratada, manteniendo su precio y condiciones originales, hasta que finalice el periodo de permanencia.
La solución que da Movistar al cliente que no quiera pagar el incremento de 5 euros es que «podrá ejercer su derecho a resolver el contrato sin coste alguno». ¿Suficiente? Ni mucho menos. Si al darse de baja incumpliendo la permanencia el usuario está obligado a pagar una penalización, ¿por qué no tendría que hacerlo la compañía cuando es ella la que rompe?
Porque en definitiva, la cuestión es que Movistar ha decidido -y no es ni mucho menos la primera vez- incumplir los contratos suscritos con sus clientes. En primer lugar, porque los compromisos de permanencia vinculan a las dos partes: el cliente está obligado a mantenerse dado de alta en la oferta en cuestión y la compañía tiene que prestar los servicios contratados sin aumentar su precio. Si no fuera así, se produciría un desequilibrio en los derechos y obligaciones de usuario y compañía, que según la legislación de defensa de los consumidores supondría una cláusula abusiva, y por tanto ilegal.
Pero no se vayan todavía, que aún hay más. Movistar no sólo está vulnerando SUS compromisos de permanencia, sino la promesa que hizo en septiembre de 2012 cuando presentó estas ofertas paquetizadas de teléfono fijo, móvil, internet en casa y televisión y la importante bajada de tarifas que conllevaba: «los precios de Movistar Fusión serán precios finales y para siempre». Una promesa que, como toda publicidad, tiene el valor de un contrato.
Así que todos los usuarios de Movistar Fusión pueden reclamar a la compañía no les aplique la subida de 5 euros. Y si se niega y tienen una permanencia vigente, no estaría de más que le exigiesen el abono de una penalización, decidan o no darse de baja. Evidentemente, tras el «no» del operador hay que denunciar las irregularidades ante las autoridades competentes, que en este caso son las agencias, direcciones o secretarías generales de Consumo de las comunidades autónomas.
Al aplicar la subida a los 3,7 millones de clientes de las distintas modalidades de Movistar Fusión, el gigante español de las telecomunicaciones puede ingresar en torno a 18,5 millones de euros más al mes, nada menos que 222 millones al año.
Tras dos años y medio, Movistar ha consolidado tanto sus tarifas Fusión que ha decidido subirlas porque sabe que los usuarios que tienen todos sus servicios de telecomunicaciones con una misma compañía se lo piensan mucho más que el resto antes de decidir cambiar de operador. Como también sabe que no todas compañías pueden dar estas ofertas convergentes. Lo que no sabe es cómo reaccionarán los clientes cuando descubran que eta subida incumple la ley.
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Artículo publicado originalmente en Sabemos Digital.