Nunca escribo sobre mi ocupación profesional fuera de FACUA, ya que no quiero aprovechar la notoriedad pública que he alcanzado gracias a mis responsabilidades en la organización para captar clientes.
Sin embargo, dado que a muchos os ha podido sorprender que desarrollo una actividad ajena a FACUA en el mundo de la comunicación, considero necesario aclarar un par de cuestiones.
En mis 20 años de actividad profesional, vengo compatibilizando mis labores en FACUA como periodista y dirigente de la organización con otras como proveedor de servicios integrales de comunicación.
Efectivamente, tal y como publicó El Mundo en su edición del lunes 19 de agosto de 2013 (leer información), UGT-Andalucía ha sido uno de mis clientes y la que muestra el diario es una de las facturas que emití al sindicato por los servicios prestados.
En la noticia de agosto, el periódico actuó con corrección en el tratamiento que dió a mi persona en la información y mi papel como mero proveedor ajeno al fondo de la noticia. Sin embargo, el 10 de septiembre ha publicado una noticia con datos incorrectos, al indicar que pagué a UGT-Andalucía «comisiones del 22%» de lo facturado.
En primer lugar, resulta incorrecto definir como comisión lo que en realidad es un rápel o descuento. Un proveedor puede abonar una comisión a un tercero -por ejemplo por lograrle un cliente-, pero a sus propios clientes les aplica, si lo considera oportuno, un descuento sobre un determinado trabajo o por el volumen de trabajos realizados a lo largo de un periodo.
Efectivamente, como es habitual en el mundo empresarial para mantener o aumentar los servicios prestados con determinados clientes, apliqué a UGT-Andalucía descuentos sobre el conjunto de trabajos facturados. Pero no del 22%, como erróneamente publica El Mundo -lo cual ya he comunicado al periódico-, sino del 10% (el autor de la información aclaró este error en su cuenta de Twitter).
Bonificaciones que facturé a mi cliente trimestralmente -si en el periodo en cuestión les había realizado trabajos-.
En relación al fondo de la noticia, que asegura que UGT-Andalucía se quedaba con las cantidades provenientes de los descuentos aplicados por distintos proveedores aunque los trabajos fueran imputados a gastos subvencionados, desconozco qué hizo realmente el sindicato.
Pero en mi opinión, si lo facturado, ya sea una parte o el total, se imputa a gastos subvencionados, sus respectivos descuentos fruto del rápel también deben incluirse en las justificaciones de esas subvenciones. En caso contrario, la entidad habría actuado de manera incorrecta y, por tanto, debería devolver a la Administración el dinero justificado de más.